Nacional
El Plenario Legislativo aprobó en segundo debate la atracción de producciones fílmicas como fuente de generación económica, encadenamientos productivos, creación de emprendimientos y contratación de talento humano costarricense, incluyendo un impacto significativo en los sectores turístico y comercial.
La ley faculta la producción de: a) Películas de corto, mediano y largo metraje, b) Documentales, series y novelas, c) Programas de telerrealidad, piezas de mercadeo audiovisual, comerciales y videoclips, d) Programas seriados o sus capítulos, e) Servicios de posproducción, f) Dibujo, animación digital y videojuegos.
La producciones fílmicas estarán exentas del pago del impuesto sobre la renta, así como del pago de tributos por la importación temporal de los equipos, equipamiento y repuestos para la producción fílmica y audiovisual.
Además, cuando la producción realice compras de bienes y servicios en Costa Rica directamente relacionados con el proyecto, que superen un monto de $500 mil, se les otorgará la devolución del 90% del monto total del IVA y el restante 10% será destinado al Fondo para el Fomento Audiovisual y Cinematográfico a cargo del Centro Costarricense de Producción Cinematográfica del Ministerio de Cultura y Juventud.
Las producciones fílmicas tendrían como destinos lugares de atracción turística ubicadas fuera del Gran Área Metropolitana (GAM).