LA RESPUESTA ES:
SE MANTIENE Y LO CORRESPONDIENTE AL PAGO POR ESE DIA ES…. OBLIGATORIO.
De acuerdo con el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), el 15 de agosto de cada año es feriado obligatorio, esto significa que ningún trabajador está obligado a laborar, a excepción que el trabajador se ponga de acuerdo con su patrono en trabajar ese día.
Así mismo este día 15 de agosto por Ley es día feriado y el pago laboral es obligatorio. Tome nota que ese día si usted no desea laborar no puede ser obligado ni sancionado. Cabe recordar que el Ministerio de Trabajo indica que, aunque la empresa sea nacional, transnacional o internacional, y tenga sede en nuestro país, deberá conceder este día feriado a sus trabajadores.